Condiciones generales de contratación OPK Europe GmbH
Versión 01.01.2018 Ámbito de aplicación Europa
§ 1 Ofertas y tramitación del pedido
Las ofertas son sin compromiso y no vinculantes hasta la celebración del contrato, a menos que las hayamos designado expresamente como vinculantes. La aceptación de los pedidos se confirmará por escrito. Los pedidos sólo se considerarán aceptados con nuestra confirmación de pedido. Los datos se almacenan en caso de consultas, solicitudes de catálogos y aceptación de pedidos.
§2 Precios
Los precios son válidos a partir del lugar de cumplimiento para la entrega en euros, más el IVA aplicable el día de la entrega.
§3 Lugar de cumplimiento
El lugar de cumplimiento para el pago del precio de compra y para todos los demás servicios del comprador es Horb. El lugar de cumplimiento para nuestra entrega es el lugar donde se encuentra la mercancía a efectos de envío o de cualquier entrega acordada al comprador.
§4 Envío y embalaje
El envío se realizará "franco fábrica" excluyendo el embalaje. Si el valor del pedido es inferior a 150,00 EUR netos, se cobrarán 25,00 EUR en concepto de gastos de gestión. Para las mercancías que no se entreguen "franco fábrica", nos reservamos el derecho a elegir el modo de envío. De la elección realizada no podrá derivarse ninguna reclamación contra nosotros. Si no se respeta la unidad de embalaje especificada, se cobrarán 5,00 EUR en concepto de gastos de apertura. En caso de entrega directa a un destinatario distinto, se cobrará una tasa de tramitación de xxxxx euros.
§5 Riesgo de transporte
No obstante lo dispuesto en la cláusula 4, la transferencia del riesgo tendrá lugar en el momento de la entrega a la persona, empresa u organización encargada de realizar el envío.
§6 Alcance de la prestación
Todos los datos que figuren en ilustraciones, folletos, catálogos y en la publicidad no constituirán una descripción de la calidad de la mercancía adicional a la descripción del producto. Dichos datos sólo serán vinculantes si han sido acordados como calidad de la mercancía. En el caso de productos personalizados, se permitirán entregas excesivas o cortas de hasta un 10% por razones técnicas.
§7 Plazo de entrega - obligación de entrega
Los plazos o fechas de entrega que no se hayan acordado expresamente como vinculantes son exclusivamente información no vinculante. El plazo de entrega se considerará cumplido si la mercancía ha salido del lugar de expedición o se ha notificado la disponibilidad para la expedición en el momento de su vencimiento. El plazo de entrega se prorrogará convenientemente en caso de conflictos laborales, interrupciones operativas, escasez de materias primas, perturbaciones del tráfico, casos fortuitos, todos los casos de fuerza mayor y la aparición de obstáculos imprevistos que escapen a nuestro control, siempre que se demuestre que dichos obstáculos tienen una influencia significativa en la finalización o entrega de la mercancía. Esto también se aplicará si las circunstancias se producen en subcontratistas o proveedores contractuales. Si el contenido de la prestación también se ve modificado de forma significativa por estas circunstancias, esto nos eximirá de la obligación de entrega durante el tiempo que dure la perturbación y en la medida de sus efectos. La información insuficiente sobre los compradores nos dará derecho a cancelar total o parcialmente los contratos y las obligaciones de entrega.
§8 Compensación o retención
El comprador no tendrá derecho a compensar las contrademandas que sean impugnadas por nosotros y no hayan sido reconocidas por sentencia declarativa. Esto también se aplica a las transacciones comerciales, incluida la retención de pagos.
§9 Notificación de defectos (reclamaciones)
En caso de reclamaciones sobre el tipo, la calidad y la cantidad de la mercancía entregada, sólo seremos responsables si el comprador inspecciona la mercancía para asegurarse de que está libre de defectos y completa y nos notifica inmediatamente y por escrito los defectos descubiertos con una descripción precisa. Si el comprador no inspecciona la mercancía o no informa de los defectos a tiempo, la mercancía entregada se considerará aprobada, a menos que el defecto no fuera reconocible durante la inspección. Los defectos descubiertos con posterioridad también deberán sernos comunicados de inmediato; de lo contrario, la mercancía también se considerará aprobada debido a dichos defectos. El plazo de prescripción de las reclamaciones de garantía y de indemnización por daños y perjuicios es de 2 años a partir de la entrega de la mercancía. No se aceptará ninguna garantía por montaje o puesta en marcha defectuosos por parte del comprador o de terceros, manipulación defectuosa, negligente o inadecuada, utilización de materiales de funcionamiento o piezas de repuesto inadecuados de piezas incorporadas defectuosas o por fallos causados por influencias electrónicas o eléctricas o circunstancias similares. La garantía también quedará anulada si el comprador o un tercero realiza modificaciones o trabajos de reparación sin nuestra autorización previa. En caso de reclamación justificada, procederemos, a nuestra elección, a la reparación o sustitución de la mercancía. Si la entrega de reparación o sustitución falla, el comprador podrá, a su discreción, exigir una reducción del pago o la rescisión del contrato. Si el comprador opta por rescindir el contrato debido a un defecto, renuncia al derecho a reclamar daños y perjuicios. Sólo asumiremos los gastos relacionados con el cumplimiento posterior si son razonables en el caso concreto, en particular en relación con el precio de compra de la mercancía, pero en ningún caso si superan el 150% del valor de la mercancía. Sólo asumiremos otros gastos, por ejemplo, en relación con la instalación y retirada del artículo defectuoso, de conformidad con las presentes condiciones.
§10 Reclamaciones por daños y perjuicios
No seremos responsables, independientemente de los motivos legales, por el incumplimiento de obligaciones por negligencia leve por nuestra parte, nuestros representantes legales o auxiliares ejecutivos. En caso de incumplimiento por negligencia leve de obligaciones materiales, nuestra responsabilidad se limitará al importe del daño típico previsible. No seremos responsables de los retrasos o imposibilidades causados por negligencia leve. Esto no se aplicará en casos de responsabilidad objetiva.
§11 Pago, mora, vencimiento
Las facturas son pagaderas por adelantado con un descuento del 2 %. Si el comprador se retrasa en el pago, tenemos derecho, a nuestra discreción, a rescindir el contrato y recuperar los bienes entregados bajo reserva de dominio menos los costes incurridos (normalmente el 20% del valor de los bienes). En cualquier caso, estas medidas no afectarán a las posibles reclamaciones por daños y perjuicios. Si recibimos notificación de un empeoramiento de la situación financiera del comprador, o si el comprador proporciona existencias o deudas pendientes como garantía para otros acreedores, tendremos derecho a cancelar todos los acuerdos de pago, exigir el pago inmediato al contado o la devolución de la mercancía, rescindir el contrato o exigir el pago por adelantado o la entrega contra reembolso.
§12 Confirmación de llegada
En caso de entrega de mercancías en otros países de la UE, el comprador de las mercancías deberá presentar una confirmación de llegada o una prueba alternativa si así se le solicita. En caso contrario, nos reservamos el derecho a cobrar el IVA aplicable en la República Federal de Alemania.
§13 Reserva de propiedad
La mercancía seguirá siendo de nuestra propiedad hasta el pago completo de todas las reclamaciones, incluidas las reclamaciones accesorias, las reclamaciones por daños y perjuicios, las reclamaciones futuras y el cobro de cheques y letras de cambio. Sin perjuicio de las disposiciones siguientes, el comprador está autorizado a vender y transformar la mercancía. La autorización del comprador para transformar la mercancía reservada en el curso ordinario de los negocios finalizará cuando deje de efectuar pagos o cuando se solicite la apertura de un procedimiento de insolvencia contra su patrimonio. Con la transformación de la mercancía sujeta a reserva de dominio, el comprador no adquiere la propiedad de la cosa nueva conforme al artículo 950 del BGB. Si la mercancía sujeta a reserva de dominio se procesa con otros artículos, adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo en la proporción del valor de factura de nuestra mercancía sujeta a reserva de dominio y el valor de factura de los otros artículos procesados. Por la presente, el comprador nos cede la reclamación con todos los derechos accesorios derivados de la reventa de la mercancía sujeta a reserva de dominio, también a prorrata en la medida en que la mercancía haya sido procesada y hayamos adquirido la copropiedad por el importe del valor de factura. Tendremos derecho a una fracción de la respectiva reclamación del precio de compra en proporción al valor de factura de nuestra mercancía bajo reserva de propiedad con respecto al valor de factura del artículo. Si el comprador ha vendido este crédito en el marco de un auténtico factoring, nos cederá el crédito frente al factor que ocupe su lugar. Aceptamos las cesiones. El comprador tendrá derecho a cobrar él mismo los créditos siempre que cumpla sus obligaciones de pago frente a nosotros de conformidad con el contrato y no le demos otras instrucciones. Previa solicitud, el comprador estará obligado a proporcionarnos una lista precisa de los créditos a los que tenemos derecho, incluyendo los nombres y direcciones de los clientes, el importe de los créditos individuales, la fecha de facturación, etc., a informar a sus clientes de la cesión y a proporcionarnos toda la información necesaria para hacer valer los créditos cedidos. La retención de la titularidad seguirá en vigor incluso si las reclamaciones individuales nuestras se incluyen en una factura actual y el saldo se gira y reconoce. Tenemos derecho a la reserva de propiedad no sólo por el saldo final reconocido y abstracto, sino también por el saldo causal. Por la presente, liberamos las entregas pagadas en su totalidad si la garantía proporcionada por la retención de titularidad supera el crédito a garantizar en un 10%. Tenemos derecho a seleccionar las garantías a liberar. No está permitida la pignoración o cesión en garantía de la mercancía sujeta a reserva de dominio o la enajenación de los créditos cedidos, así como el factoring no genuino. Si nuestra mercancía es embargada o reclamada de otro modo por terceros, el comprador deberá notificárnoslo inmediatamente, confirmar nuestra propiedad tanto al tercero como a nosotros por escrito y ayudarnos a hacer valer nuestra propiedad. Si retiramos la mercancía entregada debido a nuestra reserva de propiedad, esto sólo constituirá una rescisión del contrato si así lo declaramos expresamente. El comprador almacenará para nosotros la mercancía sujeta a reserva de dominio. Deberá asegurarlos contra incendio, robo y agua por su valor de reposición. Por la presente, el comprador nos cede irrevocablemente sus reclamaciones de indemnización a las que tenga derecho frente a compañías de seguros u otras partes responsables de daños del tipo mencionado en la frase 2 por el importe de nuestras reclamaciones. Aceptamos la cesión.
§Artículo 14 Jurisdicción
Independientemente de la cuantía en litigio, el fuero competente será exclusivamente el tribunal competente de Horb si el comprador es un comerciante o una empresa pública o un patrimonio especial de derecho público.
§15 Reconocimiento
Con independencia de la cuantía en litigio, el fuero exclusivo será el tribunal competente para la ciudad de Horb, siempre que el cliente sea un comerciante o una corporación de derecho público o un fondo especial de derecho público.